El Mandatario del Automotor brinda servicios especializados en el mercado automotriz, asesorando y realizando diversas gestiones ante los Registros Seccionales del Automotor y de Créditos Prendarios. Debe abogar por el cumplimiento de las leyes y normas establecidas para la registración de un bien automotor.
Es plenamente reconocido por la DNRPA (Dirección Nacional de Registros de la Propiedad del Automotor) y para llevar adelante su labor, se le otorga una Matrícula Nacional Oficial que le permitirá desarrollar sus actividades en todo el país.
El gestor puede realizar trámites para particulares y/o contribuyentes ante la administración pública de las distintas provincias y organismos dependientes tanto del Estado Nacional, Provincial o Municipal. Si bien es necesaria una capacitación, su labor no requiere especialización sobre temas relacionados con el mercado automotor y su accionar no conlleva ningún tipo de responsabilidad civil.
- Título y Cédula del automotor
- Formulario 08 firmado por titular y cónyuge debidamente certificado por autoridad competente
- Verificación policial
- Informe de Estado de Dominio
- Informe de Infracciones de Tránsito
- Libre de Deuda de patentes
- Formulario CETA
La compra / venta es una situación de riesgo, siempre es conveniente que concurra a un Mandatario Matriculado para ser asesorado correctamente.
El Formulario 08 es un documento legal que permite al propietario actual de un automóvil, motocicleta o equipo agrícola usado transferir todos sus derechos y propiedad a un adquirente o comprador, asumiendo que el vehículo se transferiría a su nombre. Esto podría tomar la forma de una venta, un premio, una donación o una sucesión.
Si posee el formulario 08 firmado por el titular y certificado ante escribano público o registro del automotor, tenga en cuenta que de no efectivizar la transferencia en tiempo y forma dicho formulario pierde toda validez y tendrá que volver a tramitarlo.
En caso de fallecimiento del titular antes de realizar la transferencia, el formulario 08 pierde toda validez y es necesaria la convocatoria de herederos o sucesión.
Los vendedores deben exigir la inmediata transferencia ante el registro del automotor a nombre del nuevo propietario, única forma legal existente para dicha transacción.